Justo hoy leí una nota de una mujer que fue detenida en Ezeiza por llevar consiguo unos U$S 35.000.- y me puse a investigar sobre el tema.
Si nos vamos a vivir a otra país y vendemos nuestra casa aquí, por ejemplo. Lo más seguro es que llevemos nuestra plata, ganada con el sudor de nuestra frente, con nosotros.
Bueno, la respuesta de Afip a esto es:
Extracción de valores del Territorio Aduanero:- Los viajeros a partir de 16 años de edad y los emancipados podrán egresar del territorio argentino con un importe máximo de DOLARES ESTADOUNIDENSES DIEZ MIL (U$S 10.000) o su equivalente en metales preciosos, en efectivo, cheques de viajero y/o otras divisas.- Los viajeros menores de 16 años de edad no emancipados podrán egresar del territorio argentino con un importe máximo de DOLARES ESTADOUNIDENSES CINCO MIL (U$S 5.000) o su equivalente en metales preciosos, en efectivo, cheques de viajero y/o otras divisas.Estos límites se computarán por cada viajero o tripulante.La moneda nacional de curso legal queda exceptuada de esta limitación, sin perjuicio de tener que efectuar la declaración ante la Delegación Aduanera mediante el formulario OM-2250-A cuando el importe total a egresar sea igual o superior al equivalente a DOLARES ESTADOUNIDENSES DIEZ MIL (U$S 10.000).La conversión de monedas deberá efectuarse teniendo en cuenta el tipo de cambio vendedor correspondiente al cierre del día hábil inmediato anterior al del egreso, comunicado por el Banco de la Nación Argentina.Si los importes exceden los detallados precedentemente para cada caso, se deberán remitir las divisas, a través de ENTIDADES FINANCIERAS Y CAMBIARIAS, con la previa autorización del Banco Central de la República Argentina (BCRA). (Fuente)
Resumiendo: son U$s por mayor de 16 años, U$S por menor de 16 años, y el resto se debe remitir por entidades financieras y cambiarias, con previa autorización del BCRA.
¿Cuales son las entidades y los costos? Bueno, será tema de otro post...